Montilla Digital se hace eco en su Buzón del Lector de una carta remitida por el Grupo Motor Andalucía por la situación en la que quedan cientos de estudiantes andaluces, varios de ellos de Montilla, por la eliminación del Bachillerato Musical en las modalidades de Ciencia, Tecnología, Humanidades y Ciencias Sociales. Si desea participar en esta sección, puede enviar un correo electrónico a la Redacción del periódico exponiendo su queja, comentario, sugerencia o relato. Si quiere, puede acompañar su mensaje de alguna fotografía.
Al menos 300 alumnos en Andalucía pueden estar afectados por un cambio de la normativa a mitad de curso. Medio centenar de alumnos se verán directamente afectados en Córdoba. La nueva Ley 3/2020 de Educación, conocida como LOMLOE, y el Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, que la desarrolla parcialmente, supone un hachazo para las enseñanzas de régimen especial de Música y Danza, ya que complica y mucho el llamado Bachillerato Musical, que consiste en un régimen especial que permite compatibilizar los estudios de bachillerato con los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de música y danza impartidas en los conservatorios.
Al menos 300 alumnos en Andalucía pueden estar afectados por un cambio de la normativa a mitad de curso. Medio centenar de alumnos se verán directamente afectados en Córdoba. La nueva Ley 3/2020 de Educación, conocida como LOMLOE, y el Real Decreto 984/2021, de 16 de noviembre, que la desarrolla parcialmente, supone un hachazo para las enseñanzas de régimen especial de Música y Danza, ya que complica y mucho el llamado Bachillerato Musical, que consiste en un régimen especial que permite compatibilizar los estudios de bachillerato con los dos últimos cursos de las enseñanzas profesionales de música y danza impartidas en los conservatorios.
Los alumnos acogidos a este régimen de simultaneidad,
cursan sólo de las asignaturas comunes del Bachillerato, junto a la totalidad de las
asignaturas de los conservatorios profesionales de música o de danza, según su
especialidad, consiguiendo de este modo que su carga lectiva sea asumible.
Esta modalidad fue una realidad por primera vez en 1992 por la famosa LOGSE. Es una
medida muy efectiva para facilitar la simultaneidad de las enseñanzas de régimen especial
de Música o Danza con las enseñanzas de bachillerato, aligerando las elevadas cargas
lectivas que padece el alumnado que cursa ambas enseñanzas: se liberan de este modo doce
horas semanales, respecto a la suma de carga lectiva de un bachillerato convencional y los
estudios del conservatorio, que pueden dedicar al estudio individual y autónomo que requiere
la práctica musical y de la danza de carácter profesional.
Por esta ventaja, durante los últimos
treinta años han sido muchos los/las alumnos/as que han optado por este tipo de Bachillerato.
Se cursa desde cualquiera de las 3 opciones principales de Bachillerato: Ciencia-Tecnología,
Humanidades-Ciencias Sociales, y Artes
Tras la publicación del Real Decreto en noviembre de 2021 que regula aspectos de
evaluación, promoción y titulación, se concretan las asignaturas mínimas a cursar en cada
modalidad de bachillerato para obtener un título de Bachiller desde otras enseñanzas
(profesionales).
Si la LOMLOE establecía que dicho alumnado titularía con la modalidad de bachillerato de
Artes, siempre que cursaran las asignaturas comunes de Bachillerato, el Real Decreto
mencionado especifica las asignaturas de modalidad (adicionales a las comunes) que se
deben cursar para obtener dicha titulación, que no son las de Ciencias, Humanidades o
Sociales, sino exclusivamente las de Artes. Algo sustancialmente distinto a lo establecido
desde 1992.
Este aspecto posee un gran impacto porque obliga a los alumnos de este régimen de
Bachillerato Musical, a cursar determinadas asignaturas de modalidad en sustitución de otras
en las que actualmente se encuentran matriculados, habiendo superado ya la primera
evaluación.
Esto plantea un evidente problema para el alumnado que actualmente se encuentra acogido
a este régimen de simultaneidad de estudios, y obliga a las familias a aplicar estos cambios
a mitad de curso y con carácter retroactivo, ya que hasta ahora no han recibido información
alguna.
De este modo los alumnos se ven obligados a abandonar el régimen de simultaneidad de enseñanzas, para realizar el bachillerato
de su opción completa (con 5 asignaturas adicionales a las actuales), recuperando el
trimestre pasado y la mitad de este segundo. A todas luces imposible, ya que estos
alumnos dedican al menos dos días a la semana a asistir a sus clases en el
conservatorio en horario de mañana.
Otra alternativa es abandonar la modalidad que están cursando ahora y cambiarse a la modalidad de Artes. Ello resulta inviable, pues en la gran mayoría de IES no existe la nueva asignatura obligatoria que deben cursar (Fundamentos del Arte I y II ). O, finalmente, matricularse en el IPEP de Almería para cursar online sólo esta asignatura (Fundamentos del Arte I y II ).
Otra alternativa es abandonar la modalidad que están cursando ahora y cambiarse a la modalidad de Artes. Ello resulta inviable, pues en la gran mayoría de IES no existe la nueva asignatura obligatoria que deben cursar (Fundamentos del Arte I y II ). O, finalmente, matricularse en el IPEP de Almería para cursar online sólo esta asignatura (Fundamentos del Arte I y II ).
Se genera así una situación de total indefensión del alumnado y de los centros educativos, a
los que se les traslada unos cambios organizativos y de “reglas de juego” que pueden suponer
la pérdida de todo el curso (importantísimo a la hora de acceder a carreras universitarias) y/o
en el abandono de los estudios musicales en los que los alumnos llevan invertidos ya más de
8 años de su vida.
La aplicación de cualquiera de las medidas propuestas por la Consejería supondría una
modificación en la organización escolar de decenas de profesores y clases de cada uno de
los institutos y conservatorios en los que están matriculados nuestros hijos, porque deben
reorganizar todos los horarios y recursos para una situación que no era la prevista cuando
nuestros hijos formalizaron sus matrículas.
La solución más sencilla sería respetar el espíritu de la ley y facilitar la transición mediante
una moratoria en la aplicación de una norma a todas luces diseñada sin tener en cuenta las
características particulares de la simultaneidad de las enseñanzas de Música y Danza.
Además del sobreesfuerzo que realiza el alumnado que compagina estudios musicales o
Danza con bachillerato, este alumnado es muy dependiente de las situaciones físicas
especiales que requiere la utilización de un determinado instrumento musical o danzar.
Es
necesario siempre tener en cuenta incluir la posibilidad de unos estudios que no tengan nada
que ver con los estudios musicales, como son la realización de una PEvAU y la matriculación
y realización de un grado superior o grado universitario para el que, la mayoría de las veces,
se necesita una modalidad de bachillerato que puede ser distinta a la modalidad de Artes que
impone la normativa.
La reducción de materias en el Bachillerato Musical está compensada con el estudio de las
materias propias de los estudios profesionales de música o danza. Y a partir de ahí el
alumnado que ha cursado cada modalidad tiene la posibilidad de realizar su PEvAU y optar
o compaginar estudios superiores de música con la realización de grados universitarios.
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GRUPO MOTOR ANDALUCÍA
NOTA: Los comentarios publicados en el Buzón del Lector no representan la opinión de Montilla Digital. En ese sentido, este periódico no hace necesariamente suyas las denuncias, quejas o sugerencias recogidas en este espacio y que han sido enviadas por sus lectores.