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Consumo inicia inspecciones en centros formativos y en academias para garantizar que cumplen la normativa

La Dirección General de Consumo, adscrita la Consejería de Salud y Familias del Gobierno de Andalucía, ha puesto en marcha una campaña de inspección dirigida a comprobar que academias y centros privados que imparten enseñanzas no conducentes a la obtención de títulos oficiales cumplen con la normativa vigente. En concreto, los Servicios Provinciales de Consumo van a revisar un total de 95 academias presenciales y online.



La campaña de inspección va a prestar especial atención a los centros de formación en idiomas; academias de preparación de oposiciones; centros privados que anuncian la homologación de sus títulos con enseñanzas oficiales, para comprobar que así es; centros en los que se publicita el acceso fácil al mundo laboral o centros con contratación e información a distancia, por ejemplo, a través de internet.

Dadas las características de las denuncias y reclamaciones recibidas hasta la fecha en este ámbito, las actuaciones se van centrar en comprobar la completa y correcta información que se facilita al alumnado acerca de las características del centro y de los cursos ofertados, prestando especial atención al control del uso indebido de marcas institucionales del Gobierno de Andalucía por parte de estas empresas.

Asimismo, se pretende garantizar que los contratos de enseñanza y de la financiación del coste de los cursos cumplan las disposiciones que protegen los derechos de las personas consumidoras y usuarias.

Los inspectores también velarán por el cumplimiento de la normativa de aplicación en aquellos centros en los que se ha detectado una especial incidencia de quejas, denuncias y reclamaciones, conforme a la información que la Dirección General de Consumo dispone al efecto.

En la última campaña ejecutada en el ejercicio 2017, se realizaron 181 actuaciones en un total de 149 centros. El número de actas positivas fue de 44, lo que supuso un 24 por ciento de las mismas. Respecto a los resultados obtenidos, el mayor porcentaje de incumplimientos se observa en no exhibir en los lugares de atención al público una leyenda o cartel que especifique la información obligatoria sobre el nombre de la persona física o jurídica responsable, así como la denominación, dirección y localización del centro.

También hubo incumplimientos por la carencia de validez académica o profesional de las enseñanzas impartidas, falta de autorización del centro por ninguna Administración Pública o la inexistencia de folletos o documentos informativos de cada curso y lugar donde pueden ser conocidos o puestos a disposición de los usuarios.

Recomendaciones

La Dirección General recomienda que, antes de contratar cualquier curso en este tipo de centros, se recabe toda la información posible con especial atención a contenidos, material disponible y metodología seguida. Igualmente, las personas usuarias deben saber la duración y programación del curso, así como los títulos o certificados que se expiden. También es conveniente conocer la titulación o cualificación profesional del personal docente.

En este sentido, los centros tienen la obligación de disponer de documentos y folletos informativos, que deben estar a disposición del público hasta la finalización del curso, con la siguiente información: nombre del curso, duración, horarios y contenido; clase de diploma, especificando que no se trata de un título con validez académica o profesional (salvo en los supuestos de cursos homologados); y precio, incluyendo todos los conceptos del curso.

Si se ofrece la posibilidad de financiar el curso, es conveniente comparar distintas ofertas y escoger la que más se adecue a sus intereses. Si se decide a financiarlo, el alumnado tiene derecho a solicitar a la entidad con la que se efectúa la operación una oferta vinculante en la que consten por escrito las condiciones, especialmente, el tipo de interés aplicable y las comisiones y gastos derivados de su apertura. Hay que verificar que en el contrato no se faculta al centro de enseñanza a la cesión o subrogación del crédito, salvo consentimiento expreso del consumidor.

La persona consumidora debe exigir una copia del contrato que se formalice, una vez firmado, además de un justificante o factura de los pagos que se realicen. Asimismo, es recomendable guardar siempre la publicidad de las ofertas, ya que las condiciones que se incluyan en ella serán exigibles, incluso aun cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado.

Si en esa publicidad del curso se hace referencia a puntuación en bolsas de trabajo, se recomienda solicitar la documentación en la que se acredite la cuantía, el baremo y las condiciones para validar esa puntuación, así como la copia del convenio con la entidad o empresa que debe reconocer los puntos.

Otras posibles dudas

Ante cualquier duda o consulta en materia de consumo, la ciudadanía puede contactar con Consumo Responde, un servicio gratuito de información y asesoramiento a las personas consumidoras y usuarias. Se trata de un servicio multicanal, al que se puede acceder de forma continuada a través del número de teléfono 900 21 50 80, de la página web, del correo electrónico consumoresponde@juntadeandalucia.es, el perfil de Twitter y el de Facebook.

También se puede recibir asesoramiento en las delegaciones territoriales de Consumo presentes en todas las capitales de provincia, así como en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) y en las organizaciones de personas consumidoras y usuarias.

REDACCIÓN / ANDALUCÍA DIGITAL
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